
La sentencia del caso Alves ha traído muchas palomitas de whatsapp, demostrando las ganas que había de hincarle el diente porque el asunto tenía mucha chicha.
Más allá de la resolución leída en términos estrictamente jurídicos, e interpretada conforme a la ley del “sí es sí” que ha beneficiado al jugador y le ha ahorrado dos años de cárcel, me interesa el debate en torno al concepto de víctima y a su derecho a exigir una indemnización económica que, en este caso, ha sido de ciento cincuenta mil euros y que ha servido como atenuante.
Tal y como recoge el Derecho Penal, la “reparación del daño” es una figura jurídica que permite reducir la responsabilidad penal de un acusado mediante el resarcimiento de los daños causados a la víctima. Ambas partes se han acogido a los beneficios que contempla la compensación económica materializada en una reducción de pena de a casi la mitad en el caso de Dani Alves, y en el reconocimiento del daño psicológico traducido en números-cantidad exacta solicitada por la acusación particular-, en el caso de la denunciante. Y ahí ha saltado la madre del cordero, pues la atribución del sentido económico a la comisión del delito ha levantado escamas sociales y particulares. Es como si la víctima, al acogerse a su derecho de indemnización por daños morales, fuera menos víctima. Como si al trincar los ciento cincuenta mil, el daño padecido hubiera sido exagerado porque para abrir la cartera el consentimiento quedó claro, y por ende, su condición devaluada. O lo que es peor, puesta en duda. He llegado a leer que le salió a cuenta la violación.
Que todos tenemos un precio es algo que ya nos mostró Hollywood a través de Demi Moore y Robert Redford en una “Proposición indecente”. Pero de ahí a que exista una corriente de pensamiento que entienda que el dinero pueda compensar una agresión sexual, modificar su trauma a la baja, o incluso aligerar la carga del sufrimiento, sólo demuestra el grado de corrupción de quién se ha dejado violar tantas veces a través del quebrantamiento de los principios y valores humanos más elementales que se nos presuponen a todos. Esos que fallan- o no existen- cuando ante una disquisición moral, obviamos religiosamente para gloria del bolsillo y miseria del espíritu. La nómina del individuo occidental con solvencia vacacional y ruina hipotecaria, exhibiéndose como lo que no es sin importar la venta de la madre que los parió. El dinero es la nueva RAE. ¿Acaso la escort de mil euros es menos trabajadora sexual que la de la Casa de Campo? Acompañante si vas al Ritz, y putilla si ejerces al aire libre o en un coche. ¿Y qué me dicen entonces de Virginia Giuffre, la mujer que denunció al príncipe Andrés por obligarla a mantener varias relaciones sexuales cuando era una adolescente, y que nunca llegó a juicio por llegar a un suculento acuerdo económico extrajudicial? ¿Dinero sucio? ¿De quién? ¿Del que paga para no entrar en la trena o de quien lo recibe a cambio de silencio quedando impune el agresor más allá del estigma público? ¿Es presumible la ética? Y si así es, ¿dónde queda? ¿En el cajón de la mesilla de noche o en los jardines de Buckingham Palace? Dicen que lo pagó la reina Isabel II.
Acogerse a todos los derechos que le corresponden por lo civil y por lo penal para reclamar justicia, es lo mínimo que puede hacer la víctima por ella misma estando bien asesorada legalmente, y lo máximo a lo que debe aspirar la sociedad civil para que la sentencia sea ejemplar y cree jurisprudencia, sirviendo de advertencia para los que creyéndose dioses, vean sus reinos arder prendidos por los palos del Estado de Derecho.
La condición de víctima, en este caso, prueba “haber sido objeto de una agresión sexual brusca, tras haberla tirado al suelo y, evitando que pudiera moverse, penetrarla vaginalmente sin su consentimiento”, condenando a Dani Alves a cuatro años y seis meses de prisión. Eso es lo que ha dictado la Audiencia de Barcelona y eso es lo único que importa. Que el hambre de unos pocos, no acabe en el estómago de todos.